Derechos ARCO: Aviso de Privacidad

El tratamiento abarca cualquier acción de acceso, aprovechamiento, manejo, transferencia o disposición de datos personales y se encuentra sujeto al consentimiento expreso o tácito de su titular a través de un Aviso de Privacidad.

Más Información






    PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

    AVISO DE PRIVACIDAD

    El Aviso de Privacidad es un documento físico o electrónico generado por el que recibe datos, en donde se especifica que la información del titular será recabada y cual será la aplicación del dato personal, que es cualquier información de una persona física que permita identificar al titular.

    Es importante tener especial cuidado con los datos personal sensibles, que son aquellos cuya utilización indebida conlleve un riesgo grave de su titular.

    Toda persona física o moral en el país que trate datos personales es su deber contar con un Aviso de Privacidad, conforme lo dispone la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP), su Reglamento y los Lineamientos del Aviso de Privacidad.

    La Persona Jurídica en la aplicación de su “Compliance Penal”, deberá contar con un Aviso de Privacidad, además de medidas de seguridad para evitar violaciones y sanciones incluso de índole penal.

    Obligaciones

    • Disposición del aviso de privacidad (impreso, digital, visual o sonoro)
    • Implementar medidas de seguridad
    • Clasificar los datos personales sensibles y no
    • Implementar analisis de riesgo en 3 aspectos: Beneficio, Accesibilidad y Anonimidad
    • Guardar la debida confidencialidad
    • Dar puntual seguimiento al procedimiento Arco
    • Aplicar los principios: licitud y lealtad, calidad, información, consentimiento, finalidad, proporcionalidad y responsabilidad
    • Actualizar el Aviso de Privacidad frecuentamente

    Derechos ARCO

    El titular podrá solicitar en cualquier momento el acceso, rectificación, cancelación u oposición, respecto de los datos personales que le conciernen al responsable, de acuerdo al procedimiento en el Aviso de Privacidad.

    Cualquier anomalía podría generar una sanción equivalente a una multa.

    Sanciones y Delitos ART. 67 LFPDPPP

    Multas

    • 100-160,000 UMAS, violación Frac. II a VII. No contar con aviso de privacidad, no dar respuesta a solicitud de Derechos Arco, declarar inexistencia de datos de forma dolosa, etc
    • Adoptar medidas de prevención y control, para reducir o eliminar riesgos ergonómicos
    • 200-320,000 UMAS violación Frac VIII a XVIII. Violar confidencialidad, cambiar el aviso de privacidad sin avisar, trasmitir datos personales sin contar con autorización, no contar con la seguridad para el sigilo de a información, etc

    Delitos

    • Observar las medidas de prevención y/o control, que dispone la Norma y/o el patrón
    • 3 meses a 3 años de prisión. A quien vulnera la seguridad de base de datos con fines lucrativos
    • 6 meses a 5 años de prisión. A quien engañe con la fin de obtener y tratar datos personales con fines de lucro
    • Se duplicaran las penas anteriores. En el caso de datos personales sensibles

    ¿Necesitas asesoria?

    Nos dedicados a comprender, proteger y asesorar jurídicamente a nuestros clientes

    Escríbenos