La Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas y las últimas reformas Fiscales-Penales que entraron en vigor a principios de este año, le exigen a las empresas contar con un Blindaje Integral contra los imprevistos relacionados con ilícitos de carácter fiscal y penal.

El 02 de enero de 2020, entró en vigor el DECRETO publicado en el Diario Oficial de la Federación en fecha 8 de noviembre de 2019, reformando y adicionando diversas conductas relacionadas con ordenamientos en materia fiscal y penal, considerando una AMENAZA A LA NACIÓN y DELINCUENCIA ORGANIZADA a los ACTOS QUE VULNEREN AL FISCO, como son: expedir, enajenar, comprar o adquirir comprobantes fiscales de operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados, así como, el permitir o publicar, en cualquier medio, anuncios para adquisición o enajenación de comprobantes fiscales de operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados que podrían derivar en sanciones para las empresas como lo marca el Código Penal Federal (CPF), con base en el alcance de la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas que se incorporó en las reformas de 2016 al Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), destacando que las PERSONAS JURÍDICAS serán RESPONSABLES DE LOS DELITOS cometidos a su nombre y por su cuenta, en su beneficio o a través de los medios que proporcionen, CUANDO se determine que además EXISTIÓ INOBSERVANCIA DEL DEBIDO CONTROL EN SU ORGANIZACIÓN. Lo anterior con independencia de la responsabilidad penal en que puedan incurrir sus representantes o administradores de hecho o de derecho.

De acuerdo con el artículo 422 del CNPP, se pueden atenuar las sanciones si las personas jurídicas cuentan con un órgano de control permanente encargado de verificar el cumplimiento de las disposiciones legales aplicables en materia fiscales y penales, a través de un sistema de políticas y acciones internas de prevención delictiva, y realizan la disminución del daño provocado antes o después del acto imputado. Dadas las condiciones que anteceden, crece la necesidad de contar con un programa de cumplimiento normativo o Compliance tanto en materia penal como fiscal en las empresas, haciendo sinergia entre sí para prevenir y mitigar los riesgos penales y fiscales de manera efectiva.

¿Qué es el Compliance?

El Compliance es un mecanismo de PREVENCIÓN DE RIESGOS en las empresas, a través de un programa que implica análisis y planificación para identificar los elementos de la empresa que podrían ocasionar conflictos. Para desarrollar códigos, políticas, lineamientos, procedimientos y demás recursos internos necesarios que son implementados, a través de la difusión y capacitando sobre las acciones seguras previas, durante y después de los ilícitos que podrían recaer en la responsabilidad de la persona moral, con la integración de un órgano interno que auto-regule el cumplimiento, realice actualizaciones, mejora continua y documente todo el proceso, de la mano de especialistas legales que asesoren a las empresas para la efectiva integración del Compliance.

¿Qué es el Compliance Penal?

El compliance penal es el conjunto de herramientas integradas en un PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE DELITOS o RIESGOS PENALES que nace para garantizar el respeto a la normativa y la alineación de las empresas con la CULTURA DE LA LEGALIDAD, además, es un requisito indispensable para mitigar la responsabilidad penal de la persona moral en caso de comisión de un delito en el seno de la persona jurídica, EVITANDO LAS POSIBLES GRAVES CONSECUENCIAS ECONÓMICAS por las sanciones que podrían implicar: reparación del daño, multa, prohibición de negocios, actividades u operaciones, suspensión, clausura de establecimientos o locales, disolución, entre otras.

Este programa está constituido por un conjunto de normas internas y fundamentos legales, acciones de detección, prevención, concientización, reacción y mejora continua sobre actos ilícitos cometidos por sus directivos, representantes, colaboradores y empleados, que pudieran tener transcendencia penal, dentro de la organización, su propósito es:

  • DETECTAR los riesgos penales en las empresas
  • AUTOREGULAR el actuar de las organizaciones
  • MITIGAR las consecuencias penales para las personas jurídicas

¿Qué es el Compliance Fiscal?

El compliance fiscal es el cumplimiento de las obligaciones fiscales, con el objetivo de prevenir al reducir contingencias fiscales, a través de la detección de riesgos e implementación de controles que los mitiguen. Favorece a deslindar o atenuar la responsabilidad de la empresa en caso de una eventualidad ante el Órgano Tributario y/o la Autoridad Penal, debido a inconformidades, conforme a lo establecido en la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, Ley de Seguridad Nacional, Código Nacional de Procedimientos Penales y el Código Penal Federal.

Implementar un efectivo Programa de Compliance Fiscal, con lineamientos, procedimientos, buenas prácticas, estrategias, evaluaciones de riesgos y la formación de un Órgano Interno que vigile el cumplimiento correcto de la normatividad fiscal en una empresa, lo cual implica asesoría especializada.

El programa de compliance fiscal se debe de desarrollar a través de etapas que empiezan con investigar los riesgos fiscales externos a través de un Due Diligence, con base en los resultados obtenidos se establece el protocolo que regula las funciones y las responsabilidades fiscales, para ejecutar las políticas de integridad fiscal tanto interiores como exteriores en la organización, continuando con estrategias de aseguramiento del cumplimiento de obligaciones fiscales, con una constante actualización y capacitación del personal y en especial a los que por la naturaleza de su trabajo están en riesgo de cometer alguna contingencia de carácter fiscal.

¿Por qué integrar un Blindaje Integral: Compliance Penal + Compliance Fiscal?

En México la legislación penal y fiscal describe de manera general las acciones que se deben realizar para disminuir riesgos ante el órgano tributario y/o la Autoridad Penal, en este sentido, en el Diario Oficial de la federación el 08/06/2017 se publicó como declaratoria de su vigencia la norma NMX-CC-19600-IMNC-2017, idéntica a la norma internacional ISO 19600:2014 Compliance Management Systems-Guidelines ed 1 (2014 dic.), la cual solo proporciona orientación general para establecer, desarrollar, implementar, evaluar, mantener y mejorar un sistema de gestión del cumplimiento eficaz y responsivo dentro de una organización, con principios de buena gobernanza, proporcionalidad, transparencia y sostenibilidad. Las directrices que presenta la norma sobre los sistemas de gestión del cumplimiento son aplicables a todo tipo de empresas y el alcance depende del tamaño, estructura, naturaleza y complejidad de la organización.

Asimismo, además de la generalidad en la legislación sobre la mitigación de los riegos, EJERCERSE EL DEBIDO CONTROL ORGANIZACIONAL y SUPERVISIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL DE LA PERSONA JURÍDICA y una norma de orientación sobre el Compliance, también se agregan las CONSTANTES REFORMAS PENALES Y FISCALES, ocasionando que el Compliance Penal como el Compliance Fiscal se adapte y evolucione las veces que sean necesarias para mantener la cultura de la legalidad en las empresas para prevenir y mitigar los riesgos.

Por esta razón, un blindaje integral que se fundamenta en una estrecha relación entre los órganos de control del Compliance Penal con el de Compliance fiscal es la SINERGIA PERFECTA para una empresa, se complementan dos aspectos que están estrechamente conectados por sus actividades y procesos, para prevenir y mitigar que las actividades de los socios, representantes y empleados se vean comprometidos en alguna de las hipótesis delictivas penales y fiscales previstas en los ordenamientos locales, federales y especiales.

El blindaje integral preventivo va más allá, implica una total personalización con la finalidad de establecer una acoplamiento efectivo entre los dos programas de compliance con una activa comunicación, actualización, documentación y mejora continua.

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Nuestros abogados especialistas en prevención te pueden asesorar personalmente, aclarando todas tus dudas y proporcionándote más información con base en las necesidades y características de tu empresa sobre el Blindaje Integral contra imprevistos, para prevenir y mitigar los riesgos de carácter penal y fiscal, que podrían derivar en responsabilidad penal para tu organización.